De acuerdo con lo definido en el articulo 30 del presente Código de Trabajo que rigen en la República del Ecuador, una jornada extraordinaria es aquella que se labora los dias sábados y domingos al igual que feriados, y excede la jornada ordinaria que tiene como máximo 45 horas a la semana o lo acordado en el contrato del trabajo en caso de que sea aún menor.
Las horas extraordinarias se debe pactar por escrito, solo se puede dar para necesidades o situaciones temporales que se requiera en la empresa, nunca debe poner en peligro la salud del trabajador ya que se debe respetar ciertas condiciones que cuiden la integridad, si el trahajador llegará a trabajar los días sábados y domingos o feriados sin haberse dado un pacto por escrito se debe dar por entendido que son horas extraordinarias y el empleador debe remunerar al trabajador sus horas extras como se debe.

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